Poner un sistema de interconexión para la generación de energía solar, ya sea con el micro inversor BDM600 o con inversores de cadena EPCOM Power Line, requiere de un contrato con la Comisión Federal de Electricidad, debido a que no es aceptable estar operando un sistema de este tipo sin el previo consentimiento y contrato de contraprestación que se vincula con el equipo generador.
El contrato estipula que ambas partes están de acuerdo en que se genere la energía y en que se inyecte a la red eléctrica.
Elementos indispensables del contrato:
- Se requiere de un formato de interconexión llamado ‘Formato de Solicitud de Interconexión’ en el cual se especifican los datos del cliente, del instalador, coordenadas, tipo de tecnología, etc.
- Recibo de luz del servicio a realizar la conexión.
- Carta poder en la que se autoriza al instalador realizar cambios por el propietario en su recibo eléctrico. En caso de que el servicio se encuentre a nombre de un negocio o industria, se requiere de una carta administrativa expedida por el solicitante.
- Fichas técnicas de los equipos, certificados de calidad, un diagrama de conexión, fotografías del sistema instalado y un mapa mostrando la ubicación y las coordenadas del equipo instalado.
- Recabar las firmas necesarias de la persona a nombre del servicio eléctrico.
Es importante recordar que para realizar un trámite de interconexión se debe de tener un servicio de 220 Vca en dos fases, por lo tanto si no se tiene, puede solicitar el aumento de carga en la CFE para tener acceso a ello.
Ing. Carlos Chaparro
Product Manager| SYSCOM®
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